En esta sesión se van a trabajar aspectos básicos de la navegación aérea. Estos conceptos serán esenciales para poder planificar adecuadamente un vuelo VFR. Comenzamos por los espacios aéreos.
Un espacio aéreo es una porción de la atmósfera terrestre, tanto sobre tierra como sobre agua. Es decir, es un espacio tridimensional de aire delimitado por tres dimensiones (ancho, largo y alto). La forma más fácil de asimilar este concepto es considerar el espacio aéreo como una caja en la que vuelan aviones.
Los espacios aéreos no tienen por qué comenzar en el suelo y podemos tener uno o varios espacios aéreos embebidos dentro de otro más grande.

Una característica importante de los espacios aéreos es que, cada uno, tiene unas propiedades determinadas. Es decir, se puede o no hacer una determinada acción, se puede o no volar a un determinado nivel, lo controla una determinada dependencia u otra, etc… Para distinguirlos y clasificarlos se utilizan dos clasificaciones generales: tipos de espacios aéreos y clases de espacios aéreos.
Trataremos de explicar, de forma muy simple, estas dos clasificaciones.
Se distinguen tres tipos de espacios aéreos: ATZ, CTR y CTA

La zona de tránsito de aeródromo (Aerodrome Traffic Zone en inglés) más conocido por sus siglas, ATZ, es un espacio aéreo que comienza a nivel del suelo, con límites longitudinales variables (aunque habitualmente son circulares) y su límite vertical superior suele estar comprendido entre los 1000 y los 3000 ft. En las cartas VAC se representa como una línea punteada azul.
Este espacio aéreo está situado en las zonas de los aeródromos, ya que es donde se desarrollan las operaciones típicas de un aeródromo (circuitos de tránsito, despegues y aterrizajes), y son, por regla general, espacios aéreos CONTROLADOS, responsabilidad de los torreros
Los primeros pasos de un piloto consisten en volar y conocer las maniobras dentro de un ATZ, con el campo a la vista. Asimismo, máxima responsabilidad de un torreo es controlar el ATZ, con los tránsitos a la vista.
La zona de control (en inglés control zone) más conocida por sus siglas CTR, es un espacio aéreo que comienza en el suelo, es decir que su límite inferior es la elevación del terreno, y que presenta límites longitudinales y verticales superiores variables, aunque por regla general superiores a los del ATZ. Es decir que el CTR es una caja de aire más grande que la del ATZ y que lo contiene.
En algunos casos ATZ y CTR coinciden, en este caso solo se habla solo de CTR.
El CTR aparece dibujado en las cartas VAC con una línea gruesa azul rayada.
Este espacio aéreo, por regla general también suele ser un espacio aéreo CONTROLADO, que es responsabilidad del torrero y es donde se suelen llevar a cabo las transferencias entre Torre y Aproximación, tanto en llegadas como en salidas.
El área de control (en inglés control area) y más conocida por sus siglas, CTA, es un espacio aéreo que no comienza en el suelo, es decir, que su límite inferior está a una determinada altitud.
Este tipo de espacio aéreo es en el que suelen volar los vuelos instrumentales y se estudiará, con mayor profundidad, en el curso de IFR de la VA.
Se distinguen siete clases de espacios aéreos, que se identifican con las primeras siete letras del alfabeto (es decir, desde la A a la G).
La siguiente imagen muestra un resumen de los servicios que se presta en cada clase de espacio:

En cada uno de ellos se presta un servicio diferente al piloto y, por tanto, tienen más o menos limitaciones, siendo el A el que más servicios presta y, por tanto, el que más limitaciones presenta, y el G el que menos.
Los espacios aéreos de la A a la E son espacios aéreos controlados, es decir, se requiere autorización por parte del ATCo para entrar, salir o moverse dentro de él.
Los vuelos visuales están prohibidos en espacio de clase A.
Sin embargo, los espacios aéreos F y G son espacios aéreos no controlados, es decir, que no se requiere autorización por parte del ATCo para volar en ese espacio aéreo, incluso no es necesario disponer de sistema de radiocomunicaciones.
En los espacios aéreos no controlados la separación entre tránsitos es responsabilidad de los pilotos, por tanto, es muy importante saber cuándo se está volando en estos espacios para estar atento y no tener una colisión con otro avión.
En lo que respecta a IVAO, por tanto, si estamos volando en un espacio aéreo controlado, necesitamos que el controlador nos autorice y, por tanto, debemos ponernos en contacto con él. Sin embargo, si volamos en un espacio aéreo no controlado, no necesitamos esa autorización y no es necesario ponerse en contacto con él.
No obstante, aunque se vuele en un espacio aéreo no controlado es recomendable contactar con el ATCo para que, si dispone de tiempo y lo estima oportuno, nos puede suministrar servicio de información, aunque, como se ha comentado, no es obligatorio hacerlo.
Por regla general los ATZ/CTR son espacios de clase D, es decir, que son espacios aéreos controlados, pero tienen una característica importante, el ATCo solo es responsable de separar a los tránsitos IFR de los IFR y de los VFR, mientras que a los vuelos VFR solo le suministra información de tránsito y son los pilotos los que asumen la separación.
La carta VAC es la carta de Aproximación Visual. En ella se nos va a mostrar como debemos volar para entrar y salir de una ATZ/CTR. Vamos a tomar como ejemplo la carta VAC de LEJR:

Como vemos, la carta VAC nos da mucha información muy útil y necesaria. Lo primero que vemos (señalado con un número 1) es que la CTR de LEJR es un espacio de clase D, con lo que ello conlleva.
Además, también muestra los puntos de notificación visual; en este caso LEJR tiene tres, el punto W (señalado con un 2), el punto E (señalado con un 3) y el punto G (señalado con un 4).
Y, por último, en lo que respecta a movimientos por la CTR tenemos los pasillos visuales; en este caso Jerez solo cuenta con un pasillo visual (señalado en la carta con el número 5).
La mayoría de las CTR de España son espacios aéreos de clase D, es decir, espacios aéreos controlados.
Esto quiere decir que es un espacio aéreo controlado y, por tanto, necesitamos autorización para entrar y salir de él, así como para movernos dentro de él. Además, los pilotos VFR somos los responsables de mantener la separación con otros tránsitos (VFR e IFR) para lo cual recibiremos información de tránsitos del ATC, entre otras cosas, como ya vimos en la tutoría de espacios aéreos.
Si la CTR es espacio D no podemos entrar y salir de ella sin autorización.
En el caso de LEJR vemos que la CTR es un espacio de clase D que va desde el suelo hasta 2500ft de altitud (AMSL).
IMPORTANTE: si estamos volando por la zona pero a una altitud superior a 2500ft, NO ESTAMOS VOLANDO EN LA CTR, la estamos sobrevolando. Recordad, un espacio es una caja.
Los puntos de notificación son zonas que poseen algo característico que los hace que se puedan diferenciar inequívocamente desde el aire. Recordad que estamos volando en reglas VFR, es decir, visuales. Esto quiere decir que nos regimos, principalmente, por referencias visuales; los instrumentos nos ayudan, pero lo más importante es tener siempre referencias visuales.
Por regla general, los puntos VFR se suelen nombrar con las coordenadas en las que se encuentre: así el punto N (November) se encuentra al norte, el punto Sierra (S) al sur, etc…
IMPORTANTE: un punto VFR NO ES UN PUNTO, es una zona.
En el ejemplo de LEJR vimos que tenía tres puntos visuales: W (señalado con un 2), E (señalado con un 3) y G (señalado con un 4). El punto W es toda la población de Mesas de Asta, el punto E la población de Jédula y G es Guadalcacín. Como vemos no es un punto concreto sino una zona.
Otra cosa importante a tener en cuenta en el vuelo VFR en el CTR es que, en España, SOLO SE PUEDEN ENTRAR Y SALIR DE UNA CTR POR LOS PUNTOS DE NOTIFICACIÓN VISUAL.
Esto quiere decir que para entrar y salir de la CTR de Jerez tenemos que hacerlos por esos puntos visuales (W, E o G) a una altitud inferior a 2500ft AMSL (recordad que el espacio aéreo es un espacio tridimensional, una caja).
No podemos entrar y salir de la CTR por donde queramos, solo por los puntos VFR.
Cuidado con esto, porque para saber por qué puntos se pueden entrar y/o salir hay que leer también las anotaciones de las cartas VAC.
No sirve solo mirar la carta (mapa), hay que leer la descripción porque hay ADs en los que unos puntos de notificación son para salidas y otros para llegadas. Es el caso de LECU, donde los puntos de notificación de entrada a la CTR son N y S mientras que tienen que los de salida son N y W.

Los puntos visuales no solo son poblaciones, pueden ser montañas características, embalses, ríos, castillos, etc… es decir algo característico que podamos diferenciar de forma sencilla desde el aire.
Te recomendamos que para volar en vuelo VFR en el simulador te instales escenarios fotorrealistas de las zonas en las que vayas a volar. Eso va a simplificar mucho el vuelo visual y va a incrementar tu inmersión y disfrute.
Veamos otro ejemplo, en este caso LEAL:

Aquí tenemos 4 puntos visuales y ninguno de ellos es una población. NE es el cabo huertas, N es un campo de golf, S es un estanque y SW son unas salinas.
En este caso si queremos salir o entrar a la CTR de LEAL solo lo podemos hacer por SW o por NE.
Los pasillos visuales son pasillo que nos llevan de un punto de notificación a otro o de un punto de notificación al campo y que nos facilitan (además de restringir) el vuelo visual dentro de un CTR. Por regla general, las cartas VAC nos indican los rumbos de dichos pasillos así somo sus limitaciones de altitud/altura si las hubiese.
IMPORTANTE: Los espacios aéreos son tridimensionales (cajas), por tanto, si los pasillos no tuviesen ninguna limitación en altitud/altura, la limitación estaría impuesta por la del ATZ/CTR, ya que si volamos por encima del límite superior de este espacio YA NO ESTAMOS DENTRO DE LA CAJA.
Si miramos la carta VAC de Jerez, vemos que solo cuenta con un pasillo visual (señalado en la carta con el número 5) que va desde E hasta G y que nos indica que tenemos que volarlo entre 1000 y 2500ft AMSL, así como nos indica el rumbo a seguir desde G a E (290º) y desde E a G (110º). Es decir, si estamos en G y queremos ir hacia el campo, debemos volar el pasillo desde G hasta E y una vez en E, ya debemos tener campo a la vista e incorporarnos al circuito de tránsito siguiendo las instrucciones del torrero.
En el caso de LEAL tenemos dos pasillos, el pasillo sur que va de SW a S y el pasillo norte que va de NE a N. En este caso vemos que no aparece ninguna limitación de altitud. Por tanto, deberemos volarlos a una altitud inferior a 2500ft para mantenernos dentro de la “caja” del ATZ.
Las Zonas P son zonas prohibidas. Se definen como un espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de España, dentro del cual está prohibido el vuelo de aeronaves, excepto las españolas de estado debidamente autorizadas por el Ministerio de Defensa.
Ninguna aeronave volará en una zona prohibida (P) sin haber obtenido el preceptivo permiso del Estado español.
Las Zonas R son zonas restringidas. Se definen como el espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de España, dentro del cual está restringido el vuelo de las aeronaves de acuerdo con determinadas condiciones especificadas, excepto las aeronaves españolas de estado cuando así lo exija el cumplimiento de su cometido o por razones de emergencia.
Ninguna aeronave volará en una zona restringida (R) sin ajustarse a las restricciones establecidas, salvo que haya obtenido permiso de la autoridad competente.
Las Zonas D son zonas peligrosas. Se definen como un espacio aéreo de dimensiones definidas en el cual pueden desplegarse en determinados momentos actividades peligrosas para el vuelo de las aeronaves. Antes de iniciar un vuelo que afecte a una zona peligrosa (D), el piloto obtendrá toda la información necesaria sobre las actividades de la misma y horario en que tendrán lugar.
La lista de zonas R, P y D de España están en el AIP (ENR 5.1) y también se pueden consultar en Insignia. Así mostramos un ejemplo de la LER110, zona restringida desde el nivel del suelo a 6500ft.

Las zonas P y R no se pueden sobrevolar y, en la medida de los posible, vamos a intentar no sobrevolar las zonas D.
Los sectores VFR son espacios aéreos habilitados para el vuelo visual, aparecen indicados en las cartas VAC así como en insignia VFR y nos van a ser de gran utilidad conocerlos a la hora de planificar nuestro vuelo.
En la siguiente imagen se muestra el sector 35W del TMA de Palma, que tienen un límite superior de 3500ft

Para poder definir la altitud o nivel de vuelo en el que se puede volar bajo reglas visuales, vamos a definir 2 capas (capa de libre circulación y capa de transición) y 3 líneas que nos van a definir estas capas: 3000ft AGL, la TA (altitud de transición) y la TL (nivel de transición). Así la capa de libre circulación es aquella capa comprendida entre el suelo y los 3000ft AGL, y la capa de transición, como se vio en altimetría, es la capa comprendida entre la TA y la TL.
Pues bien, la capa de libre circulación se llama así porque se puede volar libremente a cualquier altitud (1700ft, 2800 ft, etc…).
Por encima de la capa de libre circulación los vuelos VFR solo pueden volar cumpliendo las siguientes normas:
Nivel máximo que se puede volar en VFR es FL195.
